Articulo 568 Ley de Enjui...o Criminal

Articulo 568 Ley de Enjuiciamiento Criminal

Ver Indice
»

Artículo 568

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Practicadas las diligencias que se establecen en los artículos anteriores, se procederá a la entrada y registro, empleando para ello, si fuere necesario, el auxilio de la fuerza.