Artículo 56828 Código Civil de Cataluña

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Artículo 568-28. Concepto y régimen jurídico

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El derecho de redimir, como derecho de adquisición voluntaria que faculta al vendedor para readquirir el bien vendido, se rige por lo establecido por la presente sección y, si no es de aplicación, por las normas del derecho de opción, en la medida que sean de aplicación.