Articulo 5699 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 569-9. Destino del importe de la enajenación
Vigente
Se aplica lo establecido por el artículo 569-21 en cuanto al destino del importe obtenido en la subasta o encante público.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003