Articulo 57 Estatuto de l...Valenciana

Articulo 57 Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de C. Valenciana

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Artículo 57. Coordinación y colaboración administrativa

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Los órganos de la administración autonómica y local cuyas competencias puedan concurrir en el ámbito de actuación de la presente ley quedan obligados a actuar bajo los principios de coordinación y colaboración.