Articulo 57 Estatutos del...Tributaria

Articulo 57 Estatutos del Organismo Autonómo Hacienda Tributaria

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Artículo 57. Funciones de la Sección de Seguridad e Innovación.

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La Sección de Seguridad e Innovación, en coordinación con las restantes unidades orgánicas de la Hacienda Tributaria de Navarra, ejercerá las siguientes funciones:

- Asegurar y vigilar el cumplimiento, en la Hacienda Tributaria de Navarra, de las disposiciones relativas a la protección de datos como la Ley Orgánica de Protección de datos de carácter personal, el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal y el Documento de Seguridad, entre otros.

- Colaboración con la Dirección General de Modernización y Administración Electrónica para la redacción y propuesta del Plan de Seguridad de la Hacienda Tributaria de Navarra.

- La administración de usuarios que permita el acceso a la información mediante la oportuna discriminación en los accesos a la misma, garantizando su confidencialidad.

- El control posterior del correcto uso del acceso a la información para los fines para los que fue habilitado.

- Colaboración con la Dirección General de Modernización y Administración Electrónica para la realización de auditorias en materia de Seguridad.

- La identificación y validación de tecnologías y servicios emergentes para su aplicación en el ámbito tributario.

- La asistencia técnica a las unidades de la Hacienda Tributaria de Navarra en un uso eficiente de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

- La racionalización y simplificación de los procedimientos administrativos, mediante técnicas de gestión por procesos.

- Fomentar la incorporación y mantenimiento de contenidos en el Sistema de Gestión del Conocimiento de la Hacienda Tributaria de Navarra.

- El impulso en la producción de información, la generación de conocimiento y colaboración mediante una óptima distribución corporativa del Sistema de Gestión del Conocimiento.

- La gestión y administración de las páginas web de la Hacienda Tributaria de Navarra, en colaboración con el resto de los Servicios.

- Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor y cualquier otra relacionada o derivada de las anteriores que le sean encomendadas por el Director del Servicio de Sistemas de Información Tributaria.