Articulo 57 General de Hacienda Publica

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Artículo 57. Remisión a la Asamblea.

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El proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma será remitido a la Asamblea para su examen, enmienda y aprobación, en su caso, antes del 15 de octubre del año anterior al que se refiera.