Articulo 57 Integral de la juventud
Ver Indice
»Artículo 57. Importe económico de los carnés para jóvenes.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La expedición de los carnés para jóvenes puede implicar el pago, por parte de las personas usuarias, del precio público que en su caso se establezca.
