Articulo 57 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización 2015 de la Generalitat
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»Artículo 57
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Se modifica el artículo 3 del Reglamento para el reconocimiento de las indemnizaciones y las ayudas económicas a las víctimas de violencia sobre la mujer, aprobado por Decreto 63/2014, de 25 de abril, del Consell, que queda redactado como sigue.
Artículo 3. Personas beneficiarias
1. Tendrán derecho a las indemnizaciones reguladas en el presente capítulo las personas a las que se refieren los articulos 4.2 y 16 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat.
2. La presente modificación no afecta al rango reglamentario del precepto.
