Articulo 57 Medidas ante el reto demográfico y territorial
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»Artículo 57. Acceso a la escuela infantil de 0 a 3 años.
Vigente
La Junta de Extremadura, para hacer efectivo el acceso de la población infantil a la etapa educativa de 0 a 3 años, potenciará la red pública de escuelas infantiles, avanzando progresivamente en la universalidad y gratuidad de esta etapa educativa, estableciendo, en caso de ser necesario, medidas de apoyo en los pequeños municipios para compatibilizar el horario de las guarderías con la jornada laboral de los padres y madres.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-03-2022 en vigor desde 22-03-2022