Articulo 57 Normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros
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Articulo 57 Normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros

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Norma 57. Estado total de cambios en el patrimonio neto.

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1. Las entidades elaborarán un estado total de cambios en el patrimonio neto que contendrá todos los movimientos habidos en los diferentes componentes del patrimonio neto en el ejercicio, incluidos los procedentes de transacciones realizadas con los socios o propietarios de la entidad cuando actúen como tales, y los debidos a cambios en los criterios contables y corrección de errores.

2. El estado total de cambios en el patrimonio neto se elaborará con la estructura y detalle previstos en los estados PI 4 del anejo 1 y PC 4 del anejo 3, teniendo en cuenta los criterios sobre supresión, agrupación y desglose de partidas del apartado 2 de la norma 6. Este estado mostrará la conciliación del importe en libros al inicio y al final del ejercicio de todas las partidas del patrimonio neto, agrupando los movimientos, según su naturaleza, en las siguientes categorías:

a) Efectos de la corrección de errores y efectos de los cambios en las políticas contables: en estas categorías se incluirán los ajustes al patrimonio neto que surjan como consecuencia de la reexpresión retroactiva de los estados financieros que proceda realizar conforme a lo señalado en las normas 18 y 17, distinguiendo entre los que corresponden a correcciones de errores y los que corresponden a cambios de criterios contables.

b) Resultado global total del ejercicio: en esta categoría se incluirá el importe de la partida de igual nombre del estado de ingresos y gastos reconocidos correspondiente a la misma fecha.

c) Otras variaciones del patrimonio neto: recogerá las variaciones realizadas directamente en el patrimonio neto por aumentos y reducciones de capital, fondo de dotación u otros instrumentos de patrimonio neto (incluidos los gastos en que se incurre por dichas operaciones), distribución de dividendos o remuneraciones a los socios, compraventa de acciones propias, reclasificación de instrumentos financieros del patrimonio neto al pasivo o viceversa, traspasos entre partidas de patrimonio neto que por su naturaleza no se hayan incluido en otras partidas, aumentos y disminuciones del patrimonio neto resultantes de combinaciones de negocios, pagos basados en instrumentos de patrimonio neto, y cualquier incremento o reducción del patrimonio neto que no se pueda incluir en las categorías anteriores, con desglose, en el caso de las cajas de ahorros y cooperativas de crédito, de las dotaciones discrecionales a obras y fondos sociales.

3. En las cuentas anuales se detallarán, bien en el propio estado total de cambios en el patrimonio neto o bien en una nota en la memoria, los movimientos de las diferentes subpartidas en las que se desglosan las partidas «instrumentos de patrimonio emitidos distintos del capital» y «otro resultado global acumulado» cuando presenten saldos en el balance.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-12-2017 en vigor desde 01-01-2018