Articulo 57 Presupuestos 2012 Cataluña

Articulo 57 Presupuestos 2012 Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 57. Síndic de Greuges, Consejo de Garantías Estatutarias, Sindicatura de Cuentas y Oficina Antifraude

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las dotaciones presupuestarias de los organismos Síndic de Greuges, Consejo de Garantías Estatutarias, Sindicatura de Cuentas y Oficina Antifraude deben entregarse en firme y periódicamente a nombre de cada uno y en la medida en que estos organismos las soliciten.

2. Los remanentes de crédito del presupuesto para 2011 de los organismos a los que se refiere el apartado 1 se incorporan a los mismos capítulos del presupuesto para 2012.

3. Los organismos a los que se refiere el apartado 1 pueden autorizar la realización de las transferencias de crédito y las generaciones que afecten a sus presupuestos, dentro de las secciones y los servicios presupuestarios respectivos. Dichas transferencias no están afectadas por las limitaciones a las que se refiere el artículo 6.1 y deben comunicarse al Departamento de Economía y Conocimiento.

4. Cada uno de los organismos a los que se refiere el apartado 1 es el ordenador de sus pagos.