Articulo 57 Promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega
Ver Indice
»Artículo 57. Derechos de los inspeccionados.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los inspeccionados tienen derecho a recurrir a un contraperitaje de las pruebas o muestras tomadas en la inspección, dentro del plazo y con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se determine.
Asimismo podrán, en el momento de la inspección, exigir la acreditación del inspector, obtener una copia del acta y efectuar alegaciones en el mismo acto, recibiendo siempre un tratamiento respetuoso del personal que realiza la inspección.
