Articulo 57 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
- El Cuadro actualizado de las disposiciones reglamentarias vigentes del CGPJ, incluido en el Acuerdo del Pleno de 27 de septiembre de 2018, establece que las Sentencias del Tribunal Supremo (Sala 3.ª) de 10 y 19 de julio de 2013 han declarado nulos los arts. 24.4, 37, 41, 42, 84, 192.1, 210.5, 228, 230.2, 272.6, 289, 326.1.h) y 326.1.i) y la D.T. 6ª del presente Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial.
Artículo 57.
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1. El tribunal calificador de las pruebas será nombrado por el Consejo General del Poder Judicial. Estará presidido por un magistrado de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, y los vocales serán.
tres magistrados, dos con destino en el orden jurisdiccional civil y uno con destino en el orden jurisdiccional social, designados los primeros preferentemente de entre quienes hayan obtenido la especialización en los asuntos propios de los órganos de lo Mercantil; un catedrático o, en su caso, profesor titular de Universidad del área de conocimiento de Derecho Mercantil con más de diez años de antigüedad; un abogado con más de diez años de ejercicio profesional, en particular en relación con asuntos cuyo conocimiento corresponde a los órganos de lo Mercantil; y un Letrado al servicio del Consejo General del Poder Judicial, que actuará como Secretario. La composición del tribunal será paritaria, en atención a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
2. La forma de nombramiento de sus miembros será la que se prevé en los artículos 19.2 y 30, en lo que resulte de aplicación.
3. La composición del Tribunal se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
