Articulo 57 Reglamento ge... de la AGE

Articulo 57 Reglamento general de ingreso de personal y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de funcionarios civiles de la AGE

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Artículo 57. Toma de posesión.

Vigente

El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el artículo 48 de este Reglamento.