Articulo 57 Reglamento de la Ley 3/2007, Renta Básica de Inserción
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Articulo 57 Reglamento de la Ley 3/2007, Renta Básica de Inserción

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Artículo 57. Composición de la Comisión de Seguimiento.

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La Comisión de Seguimiento estará presidida por el titular de la Gerencia del IMAS, o persona en quien delegue, y estará constituida por:

1. Tres representantes designados por la Consejería competente en materia de política social, uno de los cuales actuará como secretario.

2. Un representante designado por la Consejería competente en materia de educación.

3. Un representante designado por la Consejería competente en materia de empleo y formación.

4. Un representante designado por la Consejería competente en materia de vivienda.

5. Un representante designado por la Consejería competente en materia de salud.

6. Tres representantes de la Administración Local, designados por la Federación de Municipios de la Región de Murcia.

7. Un representante de las organizaciones empresariales, designado por la Confederación Regional de Organizaciones Empresariales de Murcia (CROEM), entre los sectores productivos más representativos de la Región de Murcia.

8. Un representante de las organizaciones sindicales, designado por éstas de los sectores laborales más representativos en la Región de Murcia.

9. Dos representantes del tercer sector con experiencia en exclusión social, designados por la Red de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social de la Región de Murcia.

10. Un representante del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-06-2017 en vigor desde 01-07-2017