Articulo 57 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid -Derogado-
Artículo 57. Requisitos de los aspirantes.
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1. Para tomar parte en las pruebas selectivas de promoción interna, serán exigibles los requisitos establecidos en el artículo 28 de las presentes Normas Marco, salvo el requisito que contempla la letra g) del precepto citado y la previsión de edad de los aspirantes, quienes deberán haber cumplido los veintiún años y no superar los sesenta antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria.
2. Además de los requisitos generales establecidos en el párrafo anterior, serán exigibles los siguientes:
Ser miembro del Cuerpo de Policía Local que realice la correspondiente convocatoria.
Tener un mínimo de dos años de antigüedad en la categoría inmediatamente inferior a la de las plazas que se convoquen.
Poseer la titulación académica exigible para el acceso a la categoría a la que se promociona.
3. Todos los requisitos exigibles a que se hace referencia en los puntos 1 y 2 del presente artículo deberán figurar expresamente en las Bases de todas las convocatorias.
