Articulo 57 Residuos de M...-Derogada-

Articulo 57 Residuos de Madrid -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 57. Contenido de la Declaración.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


La Declaración de un suelo contaminado incluirá, al menos, los siguientes aspectos:

  1. Delimitación del suelo contaminado.

  2. Usos que no podrán realizarse en el mismo mientras subsista la Declaración.

  3. Operaciones de limpieza y recuperación que deban ejecutarse, en función de los usos previstos en el planeamiento urbanístico vigente.

  4. Los sujetos obligados a realizar las operaciones de limpieza y recuperación.