Artículo 57 Simplificación Administrativa de la Región de Murcia
Ver Indice
»Artículo 57. Principios de buena regulación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. En el ejercicio de la iniciativa legislativa y de la potestad reglamentaria, el Consejo de Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia. La adecuación de la norma a dichos principios quedará suficientemente justificada en la memoria de análisis de impacto normativo.
2. Para determinar el alcance de los principios mencionados, se estará a lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015.
