Artículo 57 Simplificación Administrativa de la Región de Murcia
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»Artículo 57. Principios de buena regulación.
Vigente
1. En el ejercicio de la iniciativa legislativa y de la potestad reglamentaria, el Consejo de Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia. La adecuación de la norma a dichos principios quedará suficientemente justificada en la memoria de análisis de impacto normativo.
2. Para determinar el alcance de los principios mencionados, se estará a lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015.

