Articulo 57 Subvenciones de Gipuzkoa

Articulo 57 Subvenciones de Gipuzkoa

Ver Indice
»

Artículo 57. Extinción de la responsabilidad derivada de la comisión de infracciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


La responsabilidad derivada de las infracciones se extingue por el pago o cumplimiento de la sanción o por prescripción o por fallecimiento.