Articulo 57 Transposición de directivas -bonos garantizados, inversión colectiva, datos e información del sector público, derechos de autor, exenciones a importaciones y suministros, personas consumidoras y vehículos limpios y eficientes-
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»Artículo 57. Clasificación de las infracciones.
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Las infracciones aplicables en relación con la actividad de tasación se clasifican en muy graves, graves y leves.
