Articulo 57 Vías pecuarias de La Mancha
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»Artículo 57. Bonificación por pronto pago.
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Los procedimientos sancionadores tendrán en cuenta las previsiones de reducción de las sanciones contemplados en la legislación básica estatal y en el artículo 4 de la Ley 3/2017, de 1 de septiembre, en materia de gestión y organización de la Administración y otras medidas administrativas.
Modificaciones
- Artículo modificado (57) por Ley 4/2023, de 24 de febrero, por la que se modifica la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha. [2023/1823]
(CM de 03-03-2023) en vigor desde 23-03-2023
