Articulo 573 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 573. Prescripción extintiva sobre finca en comunidad.
Vigente
Si la finca dominante perteneciera a varios en común, el uso de la servidumbre hecho por uno impide la prescripción respecto de los demás.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011