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Artículo 58 para el desarrollo e impulso de la inteligencia artificial en Galicia

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Artículo 58. Promoción del ecosistema empresarial de inteligencia artificial

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1. La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y su sector público, a fin de impulsar y promover la inteligencia artificial y su ecosistema, pondrán el órgano responsable de la gestión de los instrumentos previsto en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, como canal único a disposición de las empresas que desarrollen e impulsen las nuevas tecnologías y la inteligencia artificial. Este órgano facilitará, a través de su sistema de atención a la inversión, un marco de apoyos económicos específicos para las empresas tecnológicas que fomenten el desarrollo de la inteligencia artificial en Galicia, en coordinación con los demás agentes del ecosistema.

2. La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y su sector público crearán un sistema de vigilancia tecnológica en inteligencia artificial para las empresas en colaboración con los European Digital Innovation Hubs estratégicos, a fin de impulsar el desarrollo tecnológico endógeno de la inteligencia artificial para su comercialización nacional e internacional y la aplicación en los sectores económicos emergentes y tradicionales.

3. Asimismo, la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y su sector público apoyarán la fabricación inteligente y la automatización y modernización de procesos de las empresas, en particular de las pequeñas y medianas, a través de la inteligencia artificial e impulsarán la puesta en marcha de nuevos centros de fabricación avanzada e infraestructuras estratégicas en materia de inteligencia artificial.