Articulo 58 Directrices de Ordenación Territorial y Medidas Tributarias
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Articulo 58 Directrices de Ordenación Territorial y Medidas Tributarias

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Artículo 58.

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Los planes directores sectoriales que deben redactarse, de acuerdo con los criterios previstos en esta Ley, son los siguientes:

1. Plan Director Sectorial de Movilidad de las Illes Balears.

2. Los planes directores sectoriales de prevención y gestión de residuos no peligrosos y peligrosos.

3. Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears.

4. Plan Director Sectorial de Telecomunicaciones de las Illes Balears.

5. Plan director sectorial de saneamiento de las Illes Balears.

6. Plan Director Sectorial de Vivienda de las Illes Balears.

Modificaciones