Artículo 58 Ley 8/2026, ...el amianto

Artículo 58. Ley 8/2026, de 2 de julio, Cataluña, erradicación del amianto

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Artículo 58. Restitución del medio físico al estado anterior.

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1. La imposición de sanciones es independiente de la obligación, exigible en cualquier momento, de restituir el medio físico al estado anterior a la comisión de la infracción y de la obligación de indemnizar por los daños y perjuicios ocasionados.

2. Corresponde al órgano competente para resolver el procedimiento sancionador fijar, mediante acuerdo o resolución, según corresponda, el plazo en que la persona infractora debe restituir los bienes al estado anterior a la comisión de la infracción, así como el importe de la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.