Artículo 58. Ley 9/2026, de 23 de julio, Cantabria, Control Ambiental
Ver Indice
»Artículo 58. Legislación aplicable.
Vacatio legis
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. En materia de evaluación de impacto ambiental y de autorización ambiental integrada, será de aplicación el régimen sancionador previsto en la normativa básica estatal, con sus infracciones y sanciones.
2. La regulación de la obligación de reposición y de las multas coercitivas, así como las especificidades procedimentales previstas en esta ley, también serán de aplicación en materia de autorización ambiental integrada y de evaluación ambiental.
