Articulo 58 Presupuestos 2008 Galicia
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»Artículo 58. Acreditación de la presentación y pago de los impuestos sobre sucesiones y donaciones y sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado (Se derogan los artículos 57 a 64 y la disposición transitoria segunda) por DECRETO LEGISLATIVO 1/2011, de 28 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado.
(G de 20-10-2011) en vigor desde 21-10-2011
