Artículo 58 Presupuestos 2020 Navarra
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»Artículo 58. Gestión de créditos COVID-19.
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Podrán realizarse movimientos de fondos entre las partidas correspondientes al COVID-19, pudiendo crearse las necesarias para una mejor gestión del gasto.
La competencia para autorizar los mencionados movimientos de fondos corresponderá al titular del departamento donde se encuadren las partidas afectadas. En el caso que corresponda a diferentes departamentos, la competencia será de la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda, previa conformidad de los departamentos implicados.
Modificaciones
- Artículo modificado (58 (se añade)) por LEY FORAL 10/2020, de 8 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 5/2020, de 4 de marzo, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2020.
(NA de 09-04-2020) en vigor desde 10-04-2020
