Articulo 58 Principios generales y directrices de coordinación en materia turística
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»Artículo 58. Atribuciones del presidente o presidenta
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Corresponde al presidente o presidenta:
a. Ejercer la dirección y la representación del órgano.
b. Ordenar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias.
c. Fijar el orden del día de las sesiones, dirigirlas y levantarlas.
d. Ejercer el voto de calidad.
e. Dar el visto bueno a los certificados y a las actas de las sesiones.
