Articulo 58 Régimen Juríd... Recíproca

Articulo 58 Régimen Jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca

Ver Indice
»

Artículo 58. Aplicación de los artículos de la Ley de Sociedades Anónimas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Serán aplicables las disposiciones del capítulo VIII, secciones 2. y 3., de la Ley de Sociedades Anónimas, con excepción de los artículos 235, 240.3, 241, 248 a 250 y 252.4, en materia de la fusión y escisión de las sociedades de garantía recíproca.