Articulo 58 Reglamento de los Servicios de Transporte Publico Urbano en Automoviles de Turismo
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»Artículo 58. Clases de infracciones.
Vigente
Las infracciones de las normas reguladoras de los servicios de transporte urbano en automóviles de turismo se clasifican en muy graves, graves y leves.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-08-2005 en vigor desde 05-08-2005