Articulo 588 sexiesa Ley de Enjuiciamiento Criminal
Articulo 588 sexiesa Ley ...o Criminal

Articulo 588 sexiesa Ley de Enjuiciamiento Criminal

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 588 sexies a. Necesidad de motivación individualizada.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Cuando con ocasión de la práctica de un registro domiciliario sea previsible la aprehensión de ordenadores, instrumentos de comunicación telefónica o telemática o dispositivos de almacenamiento masivo de información digital o el acceso a repositorios telemáticos de datos, la resolución del juez de instrucción habrá de extender su razonamiento a la justificación, en su caso, de las razones que legitiman el acceso de los agentes facultados a la información contenida en tales dispositivos.

2. La simple incautación de cualquiera de los dispositivos a los que se refiere el apartado anterior, practicada durante el transcurso de la diligencia de registro domiciliario, no legitima el acceso a su contenido, sin perjuicio de que dicho acceso pueda ser autorizado ulteriormente por el juez competente.

Modificaciones