Artículo 59 bis Régimen específico de tasas
Artículo 59 bis Régimen e...o de tasas

Artículo 59 bis Régimen específico de tasas

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Artículo 59 bis. Exenciones y bonificaciones.

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1. Quedarán exentas del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33%.

2. Tendrán una bonificación del 50% el personal laboral al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears que participe en procesos de funcionarización y el personal laboral y funcionario que participe en las convocatorias de promoción interna.

3. Tendrán una bonificación del 50% las personas que se inscriban en las convocatorias para seleccionar funcionarios interinos y personal laboral temporal al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

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