Articulo 59 Cambio climático y transición energética
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»Artículo 59. Limitación de combustibles menos respetuosos con el medio ambiente
Vigente
1. Las nuevas instalaciones térmicas utilizarán preferentemente la energía de origen renovable. En los proyectos o memorias técnicas de aquellas que deban utilizar combustibles fósiles se deberá justificar debidamente esta circunstancia.
2. (Derogado)
Modificaciones
- Artículo modificado por Decreto ley 4/2022, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania
(BOIB de 31-03-2022) en vigor desde 31-03-2022