Articulo 59 Desarrollo de la normativa de juventud y de tiempo libre
Artículo 59. Declaración responsable y documentación necesaria
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1. La persona o entidad interesada en poner en marcha una instalación juvenil debe presentar una declaración responsable, según un modelo normalizado, ante el consejo insular correspondiente según el territorio, de forma electrónica o presencialmente, según corresponda, de acuerdo con la normativa de procedimiento administrativo común.
2. Se entiende por declaración responsable el documento suscrito por la persona interesada, o por quien la represente, en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos que establece la normativa para abrir la instalación juvenil y para su funcionamiento, que dispone de la documentación que lo acredita y que se compromete a cumplir estos requisitos durante el tiempo en que se mantenga abierta la instalación.
3. Esta declaración responsable debe contener necesariamente los siguientes datos:
a) La identificación de la persona que suscribe la declaración responsable y la acreditación de su personalidad o representación. En caso de que la persona que explote la instalación sea diferente de la propietaria de la misma, la declaración responsable se presentará en nombre de la persona que la explote.
La presentación de esta declaración responsable implica autorizar al órgano competente en materia de juventud de cada isla para que verifique esta identidad, salvo que el interesado se oponga de manera expresa. En caso de que la declaración se haga en nombre de una persona jurídica, junto con la acreditación de la identidad de la persona que suscribe la declaración responsable debe acreditarse la personalidad jurídica de aquella, en las formas previstas en la normativa de procedimiento administrativo.
b) El tipo de instalación, de conformidad con la clasificación recogida en este título.
c) Un apartado en el que la persona interesada o su representante manifiesta que dispone de la documentación siguiente:
- La memoria descriptiva de la instalación juvenil, en la que consten las características, las condiciones y las plazas de la instalación.
- El proyecto educativo de la instalación.
- El reglamento de régimen interno elaborado por quien tenga la titularidad de la instalación o, en su caso, quien la explote, en el que se regulen las normas de convivencia.
- La documentación que acredite la disponibilidad del inmueble para el uso de la instalación juvenil, bien como propietario, bien por tener el título de habilitación para la explotación de la instalación, el contrato de cesión o arrendamiento o cualquier otro documento que justifique el uso por parte de la persona o entidad interesada.
- La póliza vigente del seguro de responsabilidad civil, la cual debe prever unos límites mínimos de 300.000 euros por víctima y 1.200.000 euros por siniestro.
- El plan de emergencias o el plan de autoprotección debidamente sellado por la conselleria competente en materia de emergencias.
- Los certificados que acrediten que el personal de la instalación no se encuentra inscrito en el Registro central de delincuentes sexuales, regulado por el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre.
- El contrato de suministro eléctrico y/o de gas o el certificado de adecuación de la instalación a la normativa aplicable, en su caso.
- El documento que acredite la potabilidad del agua destinada al consumo humano, en caso de que la instalación no esté conectada a la red de abastecimiento público.
- El libro de registro o cualquier otro medio de control de las personas usuarias a su llegada al establecimiento, en el caso de las instalaciones con alojamiento. En este archivo debe constar el nombre completo, el número de documento nacional de identidad y la fecha de nacimiento de cada una de las personas usuarias y la posesión, en su caso, del carné de alberguista.
- El certificado final de obra, en el caso de instalaciones de nueva construcción, o el certificado de solidez y habitabilidad, en el caso de edificaciones preexistentes, firmados ambos por personal técnico competente en ello, de conformidad con lo lo dispuesto en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, y el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código técnico de la edificación.
- Las listas de precios de alojamiento y de los servicios, que se deben colocar en un lugar visible.
- Las hojas de reclamación a disposición de las personas usuarias.
- Las licencias, títulos de habilitación, declaraciones responsables o autorizaciones preceptivas para el ejercicio de la actividad, cuyo otorgamiento sea competencia de otros departamentos o administraciones públicas, de conformidad con la normativa sectorial aplicable.
- El documento que acredite la existencia de un programa de desinsectación y desratización.
4. La declaración responsable ha de prever un apartado específico que haga referencia a las instalaciones destinadas a actividades de ocio con niños y jóvenes situadas en inmuebles declarados bienes culturales de interés nacional, catalogados o históricos, las cuales, debido a esta circunstancia, que debe quedar acreditada, no pueden cumplir todas las condiciones generales establecidas en este decreto. La persona o entidad responsable debe declarar que la instalación cuenta con medidas alternativas para garantizar la falta de riesgo para la seguridad y la higiene de las personas y para la integridad del inmueble, así como soluciones para permitir el acceso y la estancia de personas con discapacidad, a menos que esté exenta de cumplir la normativa de supresión de barreras arquitectónicas, lo que se debe acreditar.
- Artículo modificado (59 (apdo. 3.c)) por Decreto 28/2021, de 10 de mayo, de modificación del Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud
(PM de 11-05-2021) en vigor desde 12-05-2021
