Articulo 59 Ley 39/2015, ...s Públicas

Articulo 59 Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Ver Indice
»

Artículo 59. Inicio del procedimiento a propia iniciativa.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Se entiende por propia iniciativa, la actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación.