Articulo 59 Ordenación del Sistema de Seguridad Pública
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»Artículo 59.- Elementos vulnerables.
Vigente
Los elementos vulnerables a proteger por el sistema vasco de atención de emergencias y protección civil son.
a) Las personas y su integridad.
b) Los servicios básicos o esenciales para la población.
c) Las infraestructuras críticas y el resto de infraestructuras y servicios públicos.
d) El medio ambiente y la biodiversidad.
e) Los bienes en general.
f) Las actividades humanas y sociales y su normal desenvolvimiento.

