Articulo 59 Ordenación de...ad Pública

Articulo 59 Ordenación del Sistema de Seguridad Pública

Ver Indice
»

Artículo 59.- Elementos vulnerables.

Vigente

Los elementos vulnerables a proteger por el sistema vasco de atención de emergencias y protección civil son.

a) Las personas y su integridad.

b) Los servicios básicos o esenciales para la población.

c) Las infraestructuras críticas y el resto de infraestructuras y servicios públicos.

d) El medio ambiente y la biodiversidad.

e) Los bienes en general.

f) Las actividades humanas y sociales y su normal desenvolvimiento.