Articulo 59 Presupuestaria de las entidades locales del THG
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»Artículo 59. Régimen aplicable.
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1. LaAdministración de la Entidad local, sus Organismos Autónomos y Sociedades Públicas quedan sometidos al régimen de contabilidad pública en los términos establecidos en la presente Norma Foral.
2. Lasujeción al régimen de contabilidad pública lleva consigo la obligación de rendir cuentas de las respectivas operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, al Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.
