Articulo 59 Presupuestos 2009 Galicia
Artículo 59. Modificaciones en la Ley 12/1995, de 29 de diciembre, del impuesto sobre la contaminación atmosférica.
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Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 12/1995, de 29 de diciembre, del impuesto sobre la contaminación atmosférica, en su redacción vigente:
Uno. Se modifica el artículo 12, quedando redactado como sigue:
Artículo 12. Cuota tributaria.
1. La cuota tributaria vendrá determinada por la aplicación de la siguiente tarifa impositiva por tramos de base:
| Tramos de base | Euros/tm |
| De 0 a 100,00 tm anuales | 0 |
| De 100,01 a 1.000,00 tm anuales | 36 |
| De 1.000,01 a 3.000,00 tm anuales | 50 |
| De 3.000,01 a 7.000,00 tm anuales | 70 |
| De 7.000,01 a 15.000,00 tm anuais | 95 |
| De 15.000,01 a 40.000,00 tm anuales | 120 |
| De 40.000,01 a 80.000,00 tm anuales | 150 |
| De 80.000,01 tm anuales en adelante | 200 |
Dos. Se modifica el artículo 15, quedando redactado como sigue:
Artículo 15. Liquidación e ingreso.
Los sujetos pasivos están obligados, en la forma y plazos que se establezcan reglamentariamente al efecto, a liquidar e ingresar el impuesto que corresponda a cada uno de los focos de emisión de los que sean titulares
La consejería competente en materia de hacienda podrá disponer que las declaraciones y autoliquidaciones se efectúen mediante los programas informáticos de ayuda que, en su caso, se aprueben.
Asimismo, podrá disponer la obligación de su presentación y pago mediante medios telemáticos.
