Articulo 59 Presupuestos 2009 La Rioja
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»Artículo 59. Otras normas comunes.
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Las retribuciones de los funcionarios de cuerpos sanitarios locales durante el año 2009 serán las que resultan de aplicar el incremento del 2% sobre las correspondientes al año 2008, sin perjuicio de la aplicación a este personal de lo dispuesto en el artículo 45.3 de la presente Ley.
