Articulo 59 Protección co...Valenciana

Articulo 59 Protección contra la Contaminación Acústica de C. Valenciana

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Artículo 59. Circunstancias modificativas.

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Las circunstancias a tener en cuenta para la graduación de las sanciones serán las siguientes:

a) Naturaleza de la infracción.

b) Gravedad del daño producido.

c) Conducta del infractor en orden al cumplimiento de la normativa.

d) Reincidencia, reiteración o continuación en la comisión de la misma infracción.

e) Trascendencia económica, ambiental o social de la infracción.