Articulo 59 Reglamento de...xtremadura

Articulo 59 Reglamento de Planeamiento de Extremadura

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Artículo 59. Normas Urbanísticas.

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1. Las Normas Urbanísticas de los Planes Parciales de Ordenación regularán las determinaciones de la ordenación detallada de su ámbito, incluyendo como mínimo todos los aspectos referidos en el artículo 49 del presente Reglamento.

2. En cualquier caso, los Planes Parciales de Ordenación podrán modificar las determinaciones de la ordenación detallada establecidas por el Plan General Municipal, por no ser específicas y acordes con las tipologías innovadoras propuestas.