Articulo 59 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General
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»Artículo 59. Recurso contra un acto de una institución publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea
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Cuando el plazo de interposición de un recurso contra un acto de una institución empiece a correr a partir de la publicación de ese acto en el Diario Oficial de la Unión Europea, dicho plazo deberá contarse, conforme a lo dispuesto en el artículo 58, apartado 1, letra a), a partir del final del decimocuarto día siguiente a la fecha de esa publicación.
