Articulo 59 TR de la Ley de Patrimonio

Articulo 59 TR. de la Ley de Patrimonio

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Artículo 59. Enajenación de títulos, valores y participaciones en empresas.

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1. La enajenación y demás actos dispositivos de títulos, valores y participaciones en entidades privadas de cotización oficial se realizará, siempre que ello sea posible, en Bolsa y a su precio de cotización.

2. Los señalados actos relativos a títulos y participaciones que no sean de cotización oficiarse realizarán con intervención de fedatario público y por precio o contraprestación que no sea inferior a su valor de mercado, entendiendo por tal, con carácter general, su valor teórico, deducido del último balance aprobado, previo informe de los servicios del departamento competente en materia de patrimonio, en el que se determinará ese valor y se hará constar de forma motivada si concurren circunstancias especiales que pudieran aconsejar el que se fije un valor distinto, al alza o a la baja, del teórico, y dejando a salvo lo señalado en el apartado siguiente.

3. La competencia para la disposición de estos bienes corresponde al Consejero competente en materia de patrimonio, siempre que el conjunto de operaciones en un mismo ejercicio presupuestario y respecto de títulos de una misma entidad no supere un millón de euros.

En el caso de que se supere el límite anterior, en el de enajenación de todos los títulos de propiedad de la Comunidad Autónoma en una misma entidad, o de enajenación de tal volumen que suponga para aquélla perder la condición de socio mayoritario, se exigirá autorización del Gobierno de Aragón, mediante Decreto. Igual autorización será necesaria cuando el precio de la transmisión fuere inferior al valor de mercado, si es que existen razones suficientes que justifiquen la disposición a tal precio político, en cuyo caso deberán publicarse las circunstancias que motivaran el correspondiente Decreto.

Los actos de disposición, a que se refiere el párrafo anterior, que superen la cantidad de dos millones de euros deberán ser autorizados por Ley de Cortes de Aragón.

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