Articulo 6 Acuerdo marco revisado sobre el permiso parental
- Directiva derogada con efecto a partir del 2 de agosto de 2022. No obstante, todo período de permiso parental y todos los períodos acumulables de permiso parental disfrutados o transferidos por un trabajador en virtud de la presente Directiva antes del 2 de agosto de 2022 podrán deducirse del derecho de permiso parental de dicho trabajador en virtud del art. 5 de la Directiva (UE) 2019/1158.
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»Artículo 6
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Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 8 de marzo de 2010.
Por el Consejo
El Presidente
C. CORBACHO
(1) DO L 145 de 19.6.1996, p. 4.
(2) DO L 10 de 16.1.1998, p. 24.
(3) Renumerado: artículo 154, apartados 2 y 3, del TFUE.
(4) Renumerados: artículo 154, apartado 4, y artículo 155 del TFUE.
(5) DO C 321 de 31.12.2003, p. 1.
