Articulo 6 Aprueban los Reglamentos que regulan la organización y funcionamiento del Registro de Contratos y del Registro de Licitadores de la CCAA
Artículo 6. Contenido de la inscripción de los contratos del sector público autonómico.
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1. La inscripción de los contratos incluirá los datos básicos de aquellos, entre los que figurarán, al menos, los siguientes:
a) Tipo de contrato.
b) Objeto del contrato.
c) Procedimiento de adjudicación.
d) Identificación del adjudicatario.
e) Fecha de adjudicación.
f) Fecha de formalización.
g) Fecha de inicio de ejecución.
h) Importe de licitación.
i) Importe de la adjudicación, con desglose del Impuesto sobre el Valor Añadido.
j) Duración del contrato.
k) Si el contrato está o no sujeto a regulación armonizada.
l) Si se trata de contratos reservados a centros especiales de empleo o empresa de inserción social.
m) Si son contratos basados en acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición.
n) Órgano de contratación.
o) Cuantas incidencias se produzca a lo largo de la vigencia del contrato y pudieran afectar a su ejecución, tales como prórroga, modificación, resolución, desistimiento, renuncia, variación del plazo de ejecución o del precio, cualesquiera otras cuestiones relativas a la subcontratación, etc.
2. En todo caso, el contenido de la inscripción de los contratos se ajustará a la normativa vigente en materia de transparencia.
