Articulo 6 Archivos de Aragón
Ver Indice
»Artículo 6.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La disolución o supresión de cualquiera de las Entidades, Corporaciones, Órganos o Empresas incluidos en el articulo 3.º, 1, comportará automáticamente el depósito de su documentación en el archivo que corresponda, salvo que en el acta de disolución o supresión se señale expresamente otro de los que integran el sistema de archivos de Aragón.
