Articulo 6 Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia
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Artículo 6. Promoción y divulgación de los derechos de la infancia.

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1. Las Administraciones públicas de Castilla-La Mancha promoverán la realización de acciones dirigidas a fomentar el conocimiento y cumplimiento de los derechos de las personas menores de edad en condiciones de igualdad, no discriminación y accesibilidad universal, poniendo especial atención en la prevención y protección de la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

2. Asimismo, se promoverán las condiciones necesarias para que los padres, madres y las personas que ejerzan la tutela o la guarda cumplan sus responsabilidades hacia los niños, niñas y adolescentes de forma adecuada, facilitándoles los medios de formación e información precisos.