Articulo 6 se autorizan l... domicilio

Articulo 6 se autorizan las encomiendas de gestión de la CA Aragón a las Entidades Locales que se adhieran mediante la formalización del correspondiente convenio para la atención de personas en situación de dependencia en el servicio de ayuda a domicilio

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La presente encomienda se establece por tiempo indefinido, si bien los convenios podrán ser revocados por mutuo acuerdo de las partes manifestado por escrito, así como por incumplimiento de cualquiera de sus condiciones.