Articulo 6 Calidad agroalimentaria de Cataluña
Artículo 6. Protección de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas.
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1. Los nombres geográficos contenidos en una denominación de origen protegida (DOP) o en una indicación geográfica protegida (IGP) son bienes de titularidad pública, no pueden ser objeto de enajenación ni gravamen y quedan protegidos ante usos diferentes de los regulados por la presente Ley, por las normas que la desarrollen y por el resto de normas de aplicación.
2. La protección de las denominaciones de origen protegidas (DOP) y de las indicaciones geográficas protegidas (IGP) se extiende a todas las fases de comercialización de los productos, incluyendo la presentación, etiquetado, publicidad y documentación comercial, e implica la prohibición de utilizar cualquier indicación falsa o engañosa en lo que concierne a su procedencia, origen, naturaleza o características esenciales de los productos en el etiquetado, envase o embalaje, en la publicidad y en los documentos que tengan relación con los mismos.
3. La protección de una denominación de origen protegida (DOP) o de una indicación geográfica protegida (IGP) supone el derecho exclusivo de los productores y elaboradores a utilizar la denominación registrada. Únicamente los productores y elaboradores pueden añadir a la etiqueta y a la publicidad de sus productos, además de la denominación registrada, la denominación de origen protegida (DOP) o la indicación geográfica protegida (IGP) y tienen derecho a utilizar en exclusiva el símbolo comunitario, diseñado específicamente para las DOP y las IGP.
4. Las marcas, nombres comerciales o razones sociales que se refieren a los nombres geográficos protegidos pueden utilizarse únicamente en productos que tengan derecho a los mismos.
5. No pueden utilizarse los nombres protegidos en la designación, presentación o publicidad de productos agroalimentarios sin derecho a protección, aunque estos nombres sean traducidos a otras lenguas o precedidos de expresiones como tipo, estilo, sabor, imitación, o similares, a pesar de que indiquen el verdadero origen del producto. Igualmente está prohibido utilizar expresiones del tipo manipulado, producido, envasado en, elaborado en, o análogas, o cualquier otra práctica que pueda inducir a error a los consumidores.
